33 militantes del Partido Acción Nacional (PAN) en Veracruz, encabezados por la diputada local Montserrat Ortega Ruiz, presentaron un recurso de impugnación ante el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) contra el proceso de selección de la dirigencia estatal. El recurso, registrado bajo el expediente TEV-JDC-392/2026, cuestiona la convocatoria emitida por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN, que establece que solo 115 consejeros decidirán la próxima presidencia del Comité Directivo Estatal (CDE).
Entre los 33 impugnantes se encuentran Clotilde Olivares Pérez, Aleiandra Hernández Medel, Ana Cristina Hernández Abuño, y otros 30 militantes de diversas regiones del estado. Los inconformes argumentan que el PAN estatal cuenta con más de 27 mil militantes, quienes tienen derecho a participar en la elección de su dirigente. La impugnación fue presentada el pasado 26 de mayo contra el presidente del CEN, Jorge Romero Herrera, y la presidenta de la Comisión Nacional de Procesos Electorales, por aprobar la convocatoria.
Motivos de la impugnación
Los 33 militantes consideran que limitar la votación a 115 consejeros vulnera los derechos político-electorales de la base panista. En el documento, indican que actúan en representación de los más de 27 mil militantes activos del partido en la entidad. El TEV analizará la legalidad de la convocatoria expedida el 21 de mayo.
La diputada Montserrat Ortega aclaró que no rechazan que la dirigencia sea ocupada por una mujer, como determinó el CEN, sino que exigen que todos los militantes puedan votar. “La participación política de las mujeres debe seguir fortaleciéndose, pero la militancia no debe perder el derecho a decidir”, señaló.
Fin de la dirigencia actual
La impugnación se da en el contexto del fin de la dirigencia estatal a cargo de Federico Salomón Molina, quien según la diputada Ortega, está inscrito en el registro de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres. Ortega consideró que el PAN necesita superar esa etapa y reconstruirse como una oposición fuerte y cercana a la ciudadanía.
El juicio TEV-JDC-392/2026 podrá ser revisado, si es necesario, por la Sala Regional Xalapa y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

