«No hay persecución política contra alcaldes»: Esteban Bautista Hernández

Jul 25, 2026 | Veracruz

Por Rocío Aburto

Xalapa, Ver.- Las solicitudes de declaración de procedencia contra los alcaldes de Ixhuatlán del Sureste, Raúl González Martínez, y de Úrsulo Galván, Bertín Bravo Montero, son hechas por la Fiscalía General del Estado (FGE), y a la Comisión Instructora sólo corresponde analizar, sin que esto represente una “persecución política”, afirmó el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) Esteban Hernández Bautista.

En tiempos actuales que existe el acompañamiento de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), las instituciones están impedidas para hacer uso de persecución política dijo el diputado local.

“No hay persecución eso existe en el lenguaje de otras personas. ¿Cómo en estos tiempos vamos a hablar de persecución política? En estos tiempos que está la Comisión de Derechos Humanos; ya estamos en otros tiempos.

Debido a que ambos alcaldes fueron electos por Movimiento Ciudadano y los liderazgos de este partido exigieron a la Fiscalía General del Estado, al gobierno de Veracruz y a la LXVII legislatura local que “cese de inmediato cualquier acto de persecución en contra de adversarios del régimen”, Hernández Bautista rechazó los señalamientos.

Criticó que el partido Movimiento Ciudadano hasta el momento no ha respaldado a Raúl González y Bertín Bravo.

“En el comunicado de ayer no se menciona el nombre de los alcaldes. Tira nada más así. Es un posicionamiento nada más, pero bueno, el tiempo lo dirá”, indicó.

Sostuvo que la semana anterior acudió al congreso local uno de los dos presidentes municipales señalados por la FGE, al cual hizo la recomendación que se defendiera.

“La semana pasada vino uno de los alcaldes, pasó a saludarnos. Yo le dije, ¿Sabe qué? Él que acusa tiene derecho a probar su dicho, ¿no? Entonces usted tiene derecho de buscar un abogado que lo represente y que vaya desahogándose esos puntos a la fiscalía”, indicó Hernández Bautista.

El presidente de Jucopo confirmó que los dos presidentes municipales en mención fueron notificados de este procedimiento.

“Sí, se confirma que son estos alcaldes de estos municipios. Entiendo, recibieron la notificación de este proceso del Congreso”.

Al cuestionarlo sí temor de que los presidentes municipales escapen de la FGE, el presidente de Jucopo sostuvo que la vigilancia de los señalados no es una tarea del congreso local.

“Es que nosotros no libramos órdenes de aprehensión. Aquí nosotros este analizamos el caso, lo único que hace el congreso es que es quitarle el fuero para que ellos en completa libertad puedan comparecer ante la fiscalía” afirmó.

Adelantó que el próximo martes 28 de julio, los ediles deberán acudir al congreso local para comparecer ante los diputados locales integrantes de la Comisión Instructora, sin embargo se desconoce la hora exacta.

“El próximo martes empieza el proceso aquí; hasta que concluya la sesión instructorsa se votará en el pleno, sí es que hay elementos. Puede llevarse llevarse bastante tiempo, un mes, semanas. No sé, depende del trabajo que haga la Comisión Instructora, pero ellos tienen que rendir un informe” afirmó.

Recordó que en el sexenio del expresidente priísta Carlos Salinas de Gortari (1 de diciembre de 1988 al 30 de noviembre de 1994) hubo persecución política y en el que resultaron asesinados más de 500 ciudadanos y ciudadanas que se oponían a su gobierno.

“En los tiempos del Salinismo asesinaron más de 500 compañeros nuestros. Sí, fue muy fuerte; y en medios de comunicación igual hubo un medio muy combativo de la revista ´Por Esto´ que le quemaron sus talleres, hubo persecución política. En estos tiempos no. Aquí es lo que resulta. Yo no estoy a favor ni en contra, aquí es la Comisión quien hará su trabajo y vamos a ser respetuosos”.

Bautista Hernández recomendó a la Comisión Instructora analizar a detalle la solicitud de procedencia de la FGE.

“Analícenla bien para que nosotros podamos pasarlo a Pleno. Y aquí en el Pleno hay gente de todos los colores, ustedes lo saben, seguramente se va a armar un buen debate” dijo.

¿DE QUÉ SON INVESTIGADOS LOS ALCALDES DE MC?

El presidente municipal de Ixhuatlán del Sureste, Raúl González Martínez es investigado por su presunta participación en la privación de la libertad y el homicidio de la comunicadora Roxana Berenice Guzmán, extraída de su vivienda el 2 junio 2026 en Nanchital, y el 3 julio la FGE informó que fue localizada sin vida.

El expediente incluiría la declaración de un testigo que presuntamente escuchó al edil comunicarse con un supuesto dirigente criminal de la región.
El testimonio refiere que Raúl González Martínez habría solicitado que la comunicadora fuera privada de la libertad porque presuntamente tenía una fotografía en la que el funcionario aparecía portando un arma larga.

No obstante, este señalamiento forma parte de una investigación ministerial y deberá ser evaluado por la Comisión Instructora. Hasta el momento no existe una resolución que determine responsabilidad penal del alcalde, quien mantiene su derecho a la presunción de inocencia.

Por el caso de Roxana Guzmán, ocho personas han sido vinculadas a proceso, entre ellas cuatro policías municipales de Ixhuatlán del Sureste, mientras las autoridades mantienen abiertas otras líneas de investigación.

La segunda solicitud de declaración de procedencia fue presentada contra el alcalde de Úrsulo Galván, Bertín Bravo Montero, también emanado de Movimiento Ciudadano.

El presidente municipal de Úrsulo Galván es señalado por la Fiscalía General del Estado por su presunta vinculación con la desaparición del empresario minero, Héctor Ramos Sánchez y su escolta, Ignacio López, ambos privados de la libertad el pasado 14 de mayo, cuando acudieron al domicilio del edil.

¿QUIÉNES SON LOS DIPUTADOS LOCALES QUE INTEGRAN LA COMISIÓN INSTRUCTORA?

El presidente de la Comisión Instructora es el diputado local de Morena, Facundo Fernández de la Cruz; el secretario es el diputado local del PT; Ramón Díaz Ávila; y el Vocal es el diputado local de Morena, Felipe Pineda Barradas.

¿QUÉ ES LA DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA?

La declaración de procedencia, comúnmente denominada desafuero, es el mecanismo mediante el cual el Congreso puede retirar la inmunidad procesal de un servidor público para que enfrente una investigación o un proceso penal.

Esta determinación no representa un juicio sobre su responsabilidad ni reemplaza las funciones que corresponden a la Fiscalía o al Poder Judicial.

El procedimiento comienza cuando el Ministerio Público presenta la solicitud correspondiente. Posteriormente, las comisiones de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales revisan que la persona señalada cuente con fuero constitucional, que los hechos denunciados puedan constituir un delito y que el expediente contenga indicios suficientes sobre su probable participación.

Una vez cumplidos estos requisitos, el caso se turna a la Comisión Instructora, la cual tiene un plazo de tres días para notificar al servidor público.

A partir de esa notificación, el funcionario dispone de siete días para presentar su contestación, etapa procesal en la que actualmente se encuentran los dos alcaldes involucrados.

Concluido ese periodo, la Comisión Instructora debe llevar a cabo una audiencia para el desahogo de pruebas y la presentación de alegatos dentro de los diez días siguientes.

Después contará con tres días adicionales para elaborar el dictamen en el que determinará si existen elementos para retirar el fuero.

Posteriormente, el Pleno del Congreso se instala como Jurado de Procedencia.

Antes de la votación, el servidor público o su representante legal tiene derecho a exponer los argumentos que considere pertinentes en su defensa.

La declaración de procedencia solo puede aprobarse con el voto favorable de las dos terceras partes del total de las y los diputados que integran el Congreso.

En caso de no reunirse esa mayoría calificada, el proceso penal quedará suspendido mientras el servidor público mantenga el fuero constitucional y podrá reanudarse una vez que concluya su encargo.

Si el Congreso autoriza el desafuero, el funcionario pierde la inmunidad procesal, es separado del cargo y queda en posibilidad de ser sometido a un proceso penal.

No obstante, esta resolución no constituye una sentencia condenatoria, ya que corresponde a la Fiscalía continuar con la investigación y a las autoridades judiciales determinar las medidas procedentes y, en su momento, resolver sobre la responsabilidad penal.

«No hay persecución política contra alcaldes»: Esteban Bautista Hernández